El funeral de Héctor Cárdenas, alias “El Poroto”, fue catalogado como de alto riesgo y contó con un amplio despliegue policial. La Ley N.º 21.717, promulgada en 2024, establece medidas especiales para este tipo de ceremonias.
Andrea Cova Moore
El funeral de Héctor Cárdenas, alias “El Poroto”, líder narco investigado por amenazas de muerte contra la alcaldesa de Lo Espejo se desarrolló bajo un importante contingente policial luego de que la Delegación Presidencial Metropolitana lo calificara como un funeral de alto riesgo. El procedimiento contempló el traslado directo del cuerpo desde el Servicio Médico Legal hasta el cementerio Parque del Sendero, en San Bernardo, sin detenciones durante el recorrido.
¿Qué convierte a un funeral en uno de alto riesgo?
Jorge Araya, exdirector de Seguridad Pública y académico de la Universidad de Santiago, explica que la categorización se relaciona principalmente con los antecedentes que mantiene la persona fallecida y sus vínculos con organizaciones criminales.
Según el académico, los informes de Carabineros consideran factores como la pertenencia del fallecido a una banda delictual, la importancia de esta organización, sus redes y la presencia territorial que mantiene. Estos antecedentes permiten determinar cuándo existe un riesgo mayor asociado a la ceremonia.
Araya señala que este tipo de funerales históricamente han generado alteraciones en los barrios donde se desarrollan, debido al uso de armas de fuego, tiroteos, fuegos artificiales, circulación de vehículos a alta velocidad y otras conductas que pueden afectar la seguridad de los vecinos.
Una regulación específica
En 2024 fue promulgada la Ley N.º 21.717, que establece normas específicas para los funerales considerados de alto riesgo. Entre las medidas se contempla limitar el tiempo disponible para el velatorio y establecer que el cuerpo sea trasladado directamente desde el Servicio Médico Legal hasta el cementerio, bajo custodia policial.
Araya explica que la regulación busca evitar que estas ceremonias sean utilizadas como demostraciones de poder por parte de organizaciones criminales dentro de determinados territorios.
En estos casos, Carabineros realiza un acompañamiento preventivo destinado a inhibir conductas de riesgo. El despliegue también puede incluir controles de identidad y registro de vehículos y personas presentes en el lugar, considerando los antecedentes que puedan existir sobre quienes participan de la ceremonia.
“En estos casos, la presencia de Carabineros y los controles que se realizan durante el funeral tienen un efecto inhibidor sobre otros delincuentes que puedan estar presentes, porque saben que serán fiscalizados y que, si mantienen una orden de detención pendiente, pueden ser capturados”, explica Araya.
El problema no termina con el funeral
Carolina Stefoni, directora alterna del Núcleo Milenio sobre Inseguridad y Cohesión Urbana (NUMIC), plantea que la regulación permite controlar los efectos inmediatos de estas ceremonias, pero no aborda por sí sola el problema del narcotráfico.
“La ley permite controlar, de alguna manera, el impacto social que generan estos funerales, especialmente en las comunidades donde se realizan. Sin embargo, no resuelve el problema de fondo, que es mucho más complejo y está relacionado con el narcotráfico en Chile”, sostiene Stefoni.
La académica explica que los llamados “narcofunerales” también pueden tener un componente territorial y simbólico, debido a que permiten expresar vínculos entre integrantes de una organización y demostrar capacidad de convocatoria.
Por ello, Stefoni advierte que las restricciones a los funerales pueden provocar una transformación de estas prácticas, en lugar de eliminarlas. ““Lo que puede ocurrir es que la ley haga que este tipo de conductas se transforme y que continúen realizándose de otras formas”, señala Stefoni.
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